El gas radón es un gas radiactivo de origen natural, inodoro, incoloro e insípido, que proviene de la desintegración del uranio. Este compuesto está presente de forma natural en las rocas y el suelo y, precisamente por encontrarse en la superficie terrestre, se acumula en espacios cerrados, especialmente en plantas bajas y sótanos. El gas radón representa un riesgo para la salud de las personas cuando se inhalan concentraciones elevadas durante periodos prolongados y, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el radón es la segunda causa más frecuente de cáncer de pulmón, después del tabaquismo.
¿Por qué es un factor clave en la construcción?
El gas radón penetra en los edificios a través de la porosidad de los materiales utilizados en los forjados en contacto con el terreno, los muros de contención y, especialmente, a través de fisuras, juntas estructurales, pasos de instalaciones y otros puntos de contacto entre el edificio y el suelo. Por este motivo, el control del gas radón forma parte de los criterios de diseño y ejecución de los proyectos de edificación, especialmente en las zonas geográficas con alto potencial de radón.
Zonas con mayor y menor potencial de radón en España
El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) tiene publicado el mapa oficial del potencial de gas radón en España, que clasifica el territorio en función de la probabilidad de que se presenten concentraciones elevadas de este gas.
Zonas con alto potencial de gas radón:
- Galicia (especialmente les provincias de Ourense y Lugo)
- Euskadi
- Ávila, Salamanca y partes de Segovia y Cáceres
- Zonas de Cataluña como los Pirineos o el Ripollès
- Áreas de Castilla y León y norte de Extremadura
Zonas con bajo potencial de gas radón:
- Gran parte de las comarcas litorales catalanas y valencianas
- Zonas del sur de Andalucía
- Islas Baleares
- Gran parte de la Comunidad de Madrid y Murcia
Conocer las zonas con mayor acumulación de radón es esencial para definir una estrategia de protección pasiva y activaen la construcción de edificios y aplicar medidas que eviten la acumulación de este gas perjudicial.
Con el objetivo de minimizar los riesgos derivados del radón, se pueden aplicar distintas soluciones constructivas desde las primeras etapas del proyecto. Estas medidas deben contemplarse desde el diseño, siempre con una visión global del sistema constructivo y evitando soluciones prescriptivas que no estén justificadas técnicamente:
1. Impermeabilización del terreno: Utilización de láminas impermeables y/o barreras antiradón en la cimentación para impedir la migración del gas desde el suelo hacia el interior del edificio.
2. Ventilación del subsuelo: Implementación de cámaras de aire ventiladas o sistemas de depresión bajo la placa para evacuar el gas antes de que acceda al edificio.
3. Estanqueidad del edificio: Sellado adecuado de fisuras, juntas y pasos de conductos para evitar infiltraciones del subsuelo hacia el interior.
4. Ventilación mecánica o híbrida: Instalación de sistemas que aseguren una renovación constante del aire interior, especialmente en las zonas más expuestas como sótanos o plantas bajas.
En este contexto, es un error habitual prescribir de forma sistemática la colocación de una lámina antiradón como medida de seguridad, cuando la normativa vigente —en particular el CTE— permite justificar soluciones alternativas basadas en prestaciones. La eficacia de una estrategia de mitigación del radón no depende de un único elemento constructivo, sino del comportamiento global del sistema y de las condiciones reales de uso y ventilación del edificio.
En determinados casos, es posible conseguir ahorros económicos significativos cuando la solución de cimentación y pavimentación ya ofrece un buen comportamiento frente a la migración del gas (por ejemplo, mediante pavimentos continuos tipo epoxi con alta estanqueidad), o cuando el edificio se encuentra en entornos con ventilación y renovación de aire constantes.
En estos escenarios, y siempre que exista una justificación técnica sólida, es razonable prever que no se superarán los niveles máximos de radón establecidos por el CTE, sin necesidad de incorporar medidas adicionales que podrían resultar redundantes.
La normativa del gas radón
La presencia de radón en los edificios está regulada en el marco normativo español a través del Código Técnico de la Edificación (CTE), mediante el Documento Básico HS 6 (Salubridad), que establece requisitos básicos para limitar la concentración de gas radón en interiores.
El Real Decreto 732/2019, por el que se modifica el CTE, introduce cambios en el texto original para incluir medidas específicas según el nivel de riesgo de cada zona.
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